Madrid, 14 de noviembre de 2024: A raíz de las declaraciones del portavoz del Gobierno y de la intervención televisiva del Fiscal General del Estado, en relación con el escándalo suscitado por la divulgación de vídeos privados de carácter sexual a través de las redes sociales, en el marco de la investigación llevada a cabo por la gendarmería contra Baltasar Ebang Engonga por presunta malversación de caudales públicos, NEXOS GE desea hacer las siguientes consideraciones:
- La Fiscalía General del Estado, como defensora del Derecho, tiene el deber de exigir responsabilidades penales al Vicepresidente de la República, Teodoro Nguema Obiang Mangue, por ordenar la incautación de dichos vídeos privados en el marco de la investigación seguida, bajo sus órdenes, contra Baltasar Ebang Engonga por presunta malversación de caudales públicos. Al no constituir indicio o prueba de la materialidad del referido delito investigado, su incautación carece de objeto y constituye una violación de la ley de enjuiciamiento criminal vigente.
- El Ministerio Público también tiene el deber de responsabilizar penalmente al Vicepresidente de la República por haber ordenado la difusión de los mencionados videos privados en la prensa internacional y en las redes sociales, causando así un daño moral inconmensurable, no sólo a los autores, sino también a sus cónyuges, hijos, parientes y amigos. De hecho, a pesar del carácter ofensivo e inmoral de las repetidas escenas sexuales, éstas aparecieron en la prensa internacional y en las redes sociales.
- En efecto, el Vicepresidente de la República debe responder ante la Ley por haber incumplido deliberadamente el deber que le impone la Ley Fundamental, como autoridad pública, de respetar la dignidad, el honor y la buena reputación de las personas acusadas, así como la inviolabilidad de su domicilio y el secreto de sus comunicaciones (derechos recogidos en los artículos 5 y 13 in fine). En consecuencia, debe exigírseles, y subsidiariamente al Estado, la preceptiva obligación de indemnizar los cuantiosos daños morales causados a dichas personas, a sus familiares y allegados.
- A fin de restablecer el Estado de Derecho, y ante la alarmante inseguridad jurídico-institucional provocada por las arbitrarias actuaciones del Vicepresidente de la República, el Ministerio Público debe exigir la inmediata suspensión de todas las investigaciones extrajudiciales iniciadas por orden de dicha autoridad gubernamental, y acordar la liberación de todos los ciudadanos detenidos arbitrariamente como consecuencia de las mismas, por encontrarse en incuestionable violación de la Ley. Debe restablecerse con urgencia la potestad jurisdiccional efectiva y exclusiva devuelta al poder judicial.
- En relación con el deber de prevención de riesgos para la salud pública, la detección de enfermedades de transmisión sexual debería realizarse a petición de los participantes en escenas sexuales reiteradas, que son los principales responsables de la incoación de procedimientos penales por presunto contagio deliberado. No obstante, con estricto respeto al derecho a la intimidad, se debería recomendar la realización de pruebas serológicas a todos los participantes en escenas sexuales sin protección, así como a todas las demás personas con las que hayan mantenido relaciones sexuales.
Divulgación de vídeos sexuales privados en las redes sociales - NEXOS (nexos-ge.org)